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Venezuela, 6 de Febrero de 2012  

Dictámenes
1996
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Consulta sobre el Alcance de la Autorización para Operar en Seguros de Vida

Escriterio de esta Superintendencia de Seguros, que dentro de la clasificación de seguros generales se encuentren incluidos todos aquellos seguros diferentes del seguro de vida, aun cuando se trate de seguros de accidentes personales y de hospitalización, cirugía y maternidad, contemplados estos dos últimos dentro de los llamados seguros de personas, junto al seguro de vida. Es decir, que no obstante pertenecer los seguros de accidentes personales y de hospitalización, cirugía y maternidad a los seguros de personas, por cuanto se refieren a la persona, como unidad de riesgo, son considerados como seguros generales indemnizatorios. Sin embargo, por vía de excepción se ha aceptado: a) dentro de las coberturas que otorga el seguro de accidentes personales la de muerte accidental y b) adicionalmente a la cobertura básica de muerte por cualquier causa, característica fundamental de los seguros de vida, las coberturas opcionales de indemnización por muerte accidental e incapacidad o invalidez.

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