Análisis Histórico de
la Normativa Legal que reguló la Autorización
de los Modelos de Fianzas
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Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros del 26 de julio
de 1965:
El legislador del año 65, a pesar de establecer una
amplia regulación respecto al otorgamiento de garantías
financieras por parte de las empresas de seguros, no estatuyó el
requisito de autorización previa de los modelos de contratos
de fianzas (existiendo éste para las pólizas,
incluyendo sus documentos complementarios y tarifas).
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Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros del 22 de abril
de 1975:
El texto legal del año 75 estatuyó el requisito
de autorización de los modelos de fianzas en el literal "a" del
artículo 113, en los siguientes términos:
Artículo 113.- Las fianzas que otorguen las empresas
de seguros, de cualquier naturaleza que ellas sean, deberán
cumplir con los siguientes requisitos:
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Los modelos de documentos utilizables para los diversos tipos
de afianzamiento deberán ser aprobados previamente por
la Superintendencia de Seguros. Las empresas aseguradoras no
podrán introducir modificaciones de ninguna índole
en dichos modelos sin el consentimiento del mencionado organismo;Y
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Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros de 1994:
El legislador del año 94 estatuyó la necesidad
de autorización previa de los modelos de fianzas que empleen
las empresas de seguros en sus operaciones, en el artículo
115.a, el cual prevé:
Artículo 115.- Las fianzas que otorguen las empresas
de seguros, de cualquier naturaleza que ellas sean, deberán
cumplir con los siguientes requisitos:
-
Los modelos de documentos utilizables para los diversos
tipos de afianzamiento deberán ser aprobados previamente
por la Superintendencia de Seguros. Las empresas aseguradoras
no podrán introducir modificaciones de ninguna índole
en dichos modelos sin el consentimiento del mencionado organismo;Y
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