Constitución
de Fianza
Esta Superintendencia de Seguros mantiene el criterio de que
hasta tanto se dicte el nuevo Reglamento de la Ley de Empresas
de Seguros y Reaseguros, las fianzas emitidas a objeto de sustituir
los montos de la Garantía a la Nación, sólo
pueden ser otorgadas por instituciones financieras autorizadas
por la Superintendencia de Bancos, sin que pueda determinarse
el plazo de duración de dicha garantía personal. |