Dictámenes
1998
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Definición de Fideicomiso
De acuerdo al artículo 1.684 del Código Civil,
es inherente al contrato de mandato el que una de las partes
encargue a la otra la ejecución de uno o más
actos jurídicos, quien se obliga a realizarlos por cuenta
de aquélla y tomando en consideración la definición
establecida en el artículo 1° de la Ley de Fideicomiso
según el cual: "El fideicomiso es una relación
jurídica, en donde una persona llamada fideicomitente,
transfiere uno o más bienes a otra persona llamada fiduciario
que se obliga a utilizarlos en favor de aquél o de un
tercero llamado beneficiario", podemos concluir que entre
el mandato y el fideicomiso existe una relación donde
el primero constituye el género y el segundo la especie. |
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