19/02/2010
AVISO
A los Corredores de Seguros
LOS CORREDORES DE SEGUROS deben presentar la documentación exigida de acuerdo con las normas que rigen la actividad aseguradora. A tal fin, se le informa que la recepción de los recaudos correspondientes al ejercicio económico 2009, se inició el 02 de Enero y culminará el día 31 de Marzo del presente año, fecha en la cual vence el plazo para su presentación.
Con fundamento en el ordenamiento jurídico que regula la materia, a continuación se detalla la documentación exigida por este Organismo:
- Balance General y Estado de Ganancias y Pérdidas.
- Anexos Contables.
- Garantía a la Nación.
- Declaración en la cual manifieste encontrarse en el ejercicio habitual de su profesión.
- Los comprobantes de los aranceles de comisiones y demás bonificaciones, de cualquier índole que ellos sean, que les hayan sido acordadas por las empresas de seguros.
- Los comprobantes de los premios de estímulo a la producción, en dinero efectivo o en especie, que hayan recibido de las empresas de seguros, durante el año económico.
- Los comprobantes de los préstamos de cualquier naturaleza o anticipos a cuenta de comisiones que hayan obtenido de las empresas de seguros durante el año.
- El estado demostrativo de los recibos de primas pendientes de cobro.
- Timbres Fiscales correspondientes (0,02 Unidades Tributaria por cada Folio).
La referida documentación deberá ser presentada en carpetas Manila de acuerdo con el orden precedentemente establecido:
- Originales de los documentos requeridos en los puntos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y fotocopia del recaudo exigido en el punto 3.
- 1 (Una) fotocopia de los documentos solicitados en los puntos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.
- Original de la Garantía a la Nación. (De acuerdo con lo establecido en el Artículo 65 del Reglamento General de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros y Providencia Nº 2924, de fecha 23 de Diciembre de 1999, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.433 de fecha 11 de Enero de 2000).
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