Documento sin título

Documento sin título
Documento sin título
Documento sin título
Venezuela, 7 de Febrero de 2012  

Regulaciones / Leyes | Resoluciones | Providencias | Normas
2000 / Prov. 423 / GO 36.916 (Vigente)
« volver

(Gaceta N° 36.916 del 22 de marzo de 2000)
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA        MINISTERIO DE FINANZAS
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS
189° y 141°
   N° 423        Caracas, 16 de marzo de 2000

La Superintendencia de Seguros, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 12 y 13 ordinal 5° de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, y con el objeto de contar con una información sistematizada que permita un efectivo control de la actividad aseguradora

RESUELVE:

Artículo1°.- Las empresas de seguros deberán remitir a la Superintendencia de Seguros la información financiera a que se refiere el artículo 95 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros, ajustada a las Normas de Contabilidad para Empresas de Seguros, en formato disquete 2H 2D 1.44 MB 3 ½, en los mismos plazos establecidos en el citado artículo 95. Los disquetes y los instructivos correspondientes deberán ser retirados en la sede de la Superintendencia de Seguros.

Artículo 2°.- Para los estados financieros correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 1999, las empresas de seguros deberán remitir el disquete mencionado en el artículo anterior, antes del 24 de abril del año 2000.

Comuníquese y Publíquese.

MORELIA J. CORREDOR O.
Superintendente de Seguros

 

subir
Web stats
Documento sin título