Documento sin título

Documento sin título
Documento sin título
Documento sin título
Venezuela, 6 de Febrero de 2012  

Trámites Administrativos / Autorizaciones para:
Empresas de Seguros y de Reaseguros / Promover

 

Promover

AUTORIZACIÓN PARA PROMOVER LAS EMPRESAS DE SEGUROS Y DE REASEGUROS

SOLICITUD:

Deberá formularse en papel sellado, o en su defecto, en papel común con Timbres Fiscales, de acuerdo a lo dispuesto en el Parágrafo Tercero del Artículo 31 de la ley de Timbre Fiscal. (Bs. 0.02 U.T. por cada folio), firmada por los interesados.

Dicha solicitud deberá ser acompañada con la información consagrada en el Artículo 45 de la Ley de Empresas de Seguros Y Reaseguros, a saber:

  1. Nombre, apellido, profesión, domicilio, nacionalidad y experiencia en actividades aseguradoras o reaseguradoras de cada uno de los promotores, cuyo número no podrá ser menor de cinco (5).
  2. La denominación comercial proyectada y el domicilio de la empres

Para el caso de empresas de seguros, los ramos de seguros en los cuales se proponga operar en el estudio económico financiero que justifique su establecimiento.-

 

DOCUMENTOS ANEXOS A LA SOLICITUD:
  1. El proyecto de documento constitutivo y el de los estatutos, así como la reserva del nombre o razón social ante el Registro Mercantil.
  2. Comprobante de haber depositado en un Banco venezolano el veinte por ciento (20%) den la garantía a que se refiere el Artículo 58 de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros.
  3. Timbres Fiscales conforme a la Ley de Timbre Fiscal vigente (1.5 U.T.).

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora podrá exigir de los solicitantes, mediante disposiciones generales particulares, cualesquiera otra información que estime necesaria o conveniente.

 

PROCEDIMIENTO:

El Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, dispondrá de un lapso no mayor de tres (03) meses a partir de la fecha de la solicitud de promoción, para pronunciarse sobre la procedencia o no de la solicitud de autorización prorrogable por la Superintendencia por una sola vez. Pasado dicho plazo sin que hubiere habido decisión del Ejecutivo Nacional, se considerará denegada la misma.

La decisión mediante la cual se apruebe la solicitud de autorización será publicada en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela.

 

LUGAR DE ENTREGA:

Oficina de Atención al Público, Departamento de Correspondencia de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, Planta Baja, Edificio Torre del Desarrollo, final Avenida Venezuela, EL Rosal. Municipio Chacao. Teléfonos: 905-16-11 (MASTER).

subir
Web stats
Documento sin título