Sociedad de Corretaje de Seguros
REQUISITOS
PARA LA AUTORIZACIÓN DE SOCIEDADES DE CORRETAJE
DE SEGUROS
| SOLICITUD: |
Deberá formularse
en papel sellado o, en su defecto, en papel común con
timbres fiscales de acuerdo a lo dispuesto en el parágrafo
tercero del artículo 31 de la Ley de Timbre Fiscal (0,02 Unidades
Tributarias por cada folio) y firmada por los interesados.
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| DOCUMENTOS ANEXOS
A LA SOLICITUD: |
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Los accionistas
de la empresa deben ser agentes o corredores debidamente
autorizados por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, lo
cual deberán comprobar con carnet blanco debidamente
firmado o carnet azul expedido por la empresa o sociedad
de corretaje de seguro y tener tres (3) años en el
ejercicio de su actividad.
-
Currículum
vitae de los accionistas, acompañado con su copia
legible de la cédula de identidad y de la credencial
otorgada por esta Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
-
Proyecto
de documento constitutivo estatutario (por duplicado)
en cuyo encabezamiento debe identificarse a los accionistas,
indicando el número de la credencial otorgada por
la Superintendencia de la Actividad Aseguradora.
El objeto
de la sociedad deberá indicar: "La sociedad tendrá como único objeto
la realización de las actividades de intermediación para
la celebración de los contratos de seguros y el asesoramiento
a los asegurados contratantes y beneficiarios. Para el
mejor desarrollo de su actividad podrá realizar negocios
o actos mercantiles tendientes, en forma directa o indirecta,
al cumplimiento de su objeto social."
En el artículo
referente a la convocatoria de las asambleas, deberá agregarse: "El
Superintendente de Seguros deberá ser notificado con
no menos de cinco (5) días de anticipación a la celebración
de la asamblea, a fin de que si lo estimare pertinente,
comparezca personalmente o se haga representar por quien él
designe."
Debe agregarse
un artículo en el que se señale que: "Cualquier
modificación al documento constitutivo estatutario deberá ser
sometido a la aprobación de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora."
- Planilla
expedida por un banco comercial en la que conste
el depósito del cincuenta por ciento (50%) del
capital social, el cual no podrá ser inferior
a cincuenta mil bolívares (Bs. 50.000,00) y carta
de la entidad bancaria, firmada y sellada por
un empleado autorizado que avale ese depósito.
En caso de que la cancelación del resto o de
una parte del capital social sea en bienes muebles
deberá acompañarse el inventario visado por un
contador público colegiado.
- Reserva
del nombre o razón social ante el Registro Mercantil.
- Búsqueda
de Parecidos de Marca emitidos por el SARPI (Servicio
Autónomo de Registro de la Propiedad Industrial)
ubicado en las Torres de El Silencio.
- Anexar
timbres fiscales conforme a la Ley de Timbre
Fiscal vigente (1,5 Unidades
Tributarias).
- Dirección
y teléfono donde se harán las notificaciones.
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| PROCEDIMIENTO: |
La
Superintendencia de la Actividad Aseguradora tendrá un
plazo de veinte (20) días hábiles siguientes a la presentación de la
respectiva solicitud para otorgar la autorización respectiva. Asimismo,
este Organismo notificará al solicitante dentro de los cinco (5) días
hábiles siguientes a la fecha de la presentación de la solicitud la
omisión o incumplimiento de algún requisito. El interesado tendrá un
lapso de quince (15) días hábiles para subsanar las omisiones de
que adolece la solicitud.
La
autorización que otorgue la Superintendencia de la Actividad Aseguradora deberá contener
- Denominación
o razón social.
- Número
de la autorización.
- Número
y fecha de inscripción del intermediario en el
registro que al efecto lleva dicho Organismo.
- Nómina
de los directores o funcionarios que dirijan
las actividades específicas de mediación de seguros.
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LUGAR DE ENTREGA: |
Dirección: Av. Venezuela, Torre del
Desarrollo, El Rosal, Municipio Chacao, Zona Metropolitana
de Caracas, Venezuela, Código Postal 1060 Teléfono:
(58-0212) 905-1611 (Master) |
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