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Venezuela, 6 de Febrero de 2012  

Trámites Administrativos / Autorizaciones para:
Auxiliares / Ajustadores de Pédidas

MARCO LEGAL DE LAS AUTORIZACIONES

Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros ( LESYR ), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.822 Extraordinario de fecha 23 de diciembre de 1994, reimpresa por error material en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.865 Extraordinario de fecha 8 de marzo de 1995.

Reglamento General de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros ( RGLESYR ), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.339 Extraordinario de fecha 27 de abril de 1999.

Providencia Administrativa N° 1521 de fecha 9 de octubre de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.495 Extraordinario de fecha 31 de octubre de 2000, contentiva de las NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO PERITO AVALUADOR, AJUSTADOR DE PÉRDIDAS O INSPECTOR DE RIESGOS EN ACTIVIDADES DE SEGUROS .

Ajustadores de Pérdidas
REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE AJUSTADORES DE PÉRDIDAS

MARCO LEGAL:
  • Artículo 2° de la LESYR .
  • Artículo 176,177 y 178 del RGLESYR .
  • Artículo 4 de la Providencia Administrativa N° 1521 .
SOLICITUD:

Formulada en papel sellado o, en su defecto, en papel común con los correspondientes timbres fiscales, de acuerdo a lo dispuesto en el parágrafo tercero del artículo 31 de la Ley de Timbre Fiscal vigente (0,02 U.T.) y firmada por el interesado.

REQUISITOS:
  • Ser mayor de edad.
  • Estar domiciliado en el país.
  • No ser empleado o encontrarse bajo relación de dependencia de empresas de seguros, de reaseguros o de sociedades de corretaje, ni ser productor de seguros o empleado público.
  • Ser bachiller y tener una experiencia mínima de tres (3) años como ajustador de pérdidas auxiliar o haber efectuado estudios sobre la materia o tener los conocimientos prácticos que a juicio de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora sean suficientes.

TRÁMITES:

El solicitante deberá presentar ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora:
  1. Solicitud escrita dirigida al Superintendente de Seguros, la cual deberá contener identificación del interesado con expresión de los nombres y apellidos, domicilio, nacionalidad, edad, estado civil, profesión, número de la cédula de identidad o pasaporte.
  2. La dirección del lugar donde se harán las notificaciones pertinentes.
  3. Indicación expresa de que desea obtener la autorización para el ejercicio de la actividad de ajustador de pérdidas y el área o áreas específicas en las cuales pretende desempeñarse en esta actividad.
  4. Copia del título de bachiller en fondo negro. En caso de tener títulos universitarios agregar copia de dichos títulos e indicar, de estar agremiado al respectivo colegio profesional, el número de inscripción.
  5. Declaración jurada, donde conste que no es empleado público ni se encuentra bajo relación de dependencia de ninguna empresa de seguros, de reaseguros o de corretaje de seguros y de que no ejerce la actividad de intermediario de seguros, de conformidad con el artículo 177 del Reglamento General de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros.
  6. Timbres fiscales por el monto correspondiente según la Ley de Timbre Fiscal vigente para la fecha de la solicitud (otorgamiento de credenciales: 1,5 U.T.).
  7. Copia legible de la cédula de identidad.
  8. Tres (3) fotos de frente a color, tamaño carné.
  9. Constancia de estar residenciado en Venezuela.
  10. Constancia de estar inscrito en asociaciones gremiales o en otras instituciones públicas o privadas como ajustador de pérdidas, de ser el caso.
  11. Constancia de tener una experiencia mínima de tres (3) años como ajustador de pérdidas o haber efectuado estudios sobre la materia o tener los conocimientos prácticos que, a juicio de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, sean suficientes.
LUGAR DE ENTREGA:
Dirección: Av. Venezuela, Torre del Desarrollo, El Rosal, Municipio Chacao, Zona Metropolitana de Caracas, Venezuela, Código Postal 1060 Teléfono: (58-0212)  905-1611 (Master)
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