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Trámites Administrativos / Autorizaciones
para:
Auxiliares / Sociedades de Peritos Avaluadores
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MARCO LEGAL DE LAS AUTORIZACIONES |
Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros ( LESYR ), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.822 Extraordinario de fecha 23 de diciembre de 1994, reimpresa por error material en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 4.865 Extraordinario de fecha 8 de marzo de 1995.
Reglamento General de la Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros ( RGLESYR ), publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela N° 5.339 Extraordinario de fecha 27 de abril de 1999.
Providencia Administrativa N° 1521 de fecha 9 de octubre de 2000, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.495 Extraordinario de fecha 31 de octubre de 2000, contentiva de las NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA AUTORIZACIÓN PARA ACTUAR COMO PERITO AVALUADOR, AJUSTADOR DE PÉRDIDAS O INSPECTOR DE RIESGOS EN ACTIVIDADES DE SEGUROS . |
Sociedades de Peritos Avaluadores
Trámites para optar a la Autorización de Sociedad de Peritos Avaluadores
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| Marco Legal : |
Artículo 2° de la LESYR .
Artículo 171 del RGLESYR .
Artículo 3 de la Providencia Administrativa N° 1521 .
| El solicitante deberá presentar ante la Superintendencia de la Actividad Aseguradora: |
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Solicitud escrita, formulada en papel sellado o, en su defecto, en papel común con los correspondientes timbres fiscales, de acuerdo a lo dispuesto en el parágrafo tercero del artículo 31 de la Ley de Timbre Fiscal vigente (0,02 U.T.), firmada por el interesado y dirigida al Superintendente de Seguros, la cual deberá contener identificación del interesado, y en su caso de la persona que actúe como su representante con expresión de los nombres y apellidos, domicilio, nacionalidad, edad, estado civil, profesión y número de la cédula de identidad o pasaporte. Asimismo deberá indicarse dicha información para cada uno de los accionistas.
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La dirección del lugar donde se harán las notificaciones pertinentes
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Indicación expresa de que desean obtener la autorización para el ejercicio de la actividad de perito avaluador y el área o áreas específicas en las cuales pretenden desempeñarse en esta actividad.
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Proyecto del documento constitutivo estatutario en el cual deberá indicarse que el objeto principal de la sociedad es la realización de actividades de avalúos de bienes para empresas de seguros , y que los directores o funcionarios que dirijan las actividades específicas de avalúos deberán ser personas autorizadas para actuar como peritos avaluadores por la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, los cuales suscribirán dichos avalúos en representación de la persona jurídica.
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Constancia de estar domiciliada en el país.
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Constancia de mantener una oficina accesible al público en los días y horas laborables, donde tendrán la sede principal de sus negocios.
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Timbres fiscales por el monto correspondiente según la Ley de Timbre Fiscal vigente para la fecha de la solicitud (otorgamiento de credenciales: 1,5 U.T.).
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| LUGAR DE ENTREGA: |
| Dirección: Av. Venezuela, Torre del
Desarrollo, El Rosal, Municipio Chacao, Zona Metropolitana
de Caracas, Venezuela, Código Postal 1060 Teléfono:
(58-0212) 905-1611 (Master) |
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