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Venezuela, 10 de Septiembre de 2010  

Trámites Administrativos / Obligaciones de los Administrados
Empresas de Reaseguros

INFORMACIÓN QUE DEBEN REMITIR LAS EMPRESAS DE REASEGUROS A LA SUPERINTENDENCIA DE LA ACTIVIDAD ASEGURADORA

TIPO DE INFORMACIÓN FECHA DE ENVÍO BASE LEGAL

Formulario de margen de solvencia.

Antes del 30 de septiembre y 31 de enero de cada año.

Art. 65 LESyR

Prov. 15 del 20/01/97

G.O. 36.133 del 24/01/97

a) Balance de Situación en original y dos (2) copias.

b) Demostración de ganancias y pérdidas en original y dos (2) copias.

c) Anexos contables. Original y copias.

d) Memoria anual. Original y copia.

e) Informe de los Comisarios. Original y copia.

f) Copia certificada de la asamblea que aprobó los estados financieros. Original y copia.

g) Lista de los miembros de la junta administrativa para el período que comienza, con declaración jurada de no estar incursos en las prohibiciones de la Ley.

h) Lista de accionistas para el 31 de diciembre anterior.

i) Informe de auditoría externa. Original y copia.

j) Carta de gerencia. Original y copia.

k) Certificación de reservas matemáticas y de riegos en curso, suscrita por actuario independiente inscrito en la Superintendencia de la Actividad Aseguradora. Original y copia.

Dentro de los noventa (90) días siguientes al cierre del ejercicio.

Prov. N° 2.091 del 08/12/92

G.O.E. N°. 4.543 del 17/03/93

Art. 92 al 95 del Reglamento de la LESyR.

Tres (3) ejemplares del periódico en que hayan sido publicados los estados financieros.

Dentro de los quince (15) días siguientes a la autorización de publicación del balance.

Art. 99 LESyR.

Notificación de las reuniones de asamblea de accionistas.

Cinco (5) días antes de la realización.

Art. 13 numeral 4 LESyR

Art. 72 Reglamento LESyR

Información sobre la lista de directores y declaraciones juradas cuando éstos se cambien en una asamblea extraordinaria.

En los cinco (5) días siguientes a la celebración de la asamblea.

Art. 74 del Reglamento LESyR

Lista de cesionarios cedentes y retrocesionarios y retrocedentes de tipo obligatorio.

Antes del treinta y uno (31) de marzo de cada año.

Art. 106 LESyR

Art. 100 Reglamento de la LESyR

Formulario indicando las características de los contratos de reaseguro y de retrocesión.

Antes del treinta y uno (31) de marzo de cada año.

Art. 104 LESyR

Art. 101 Reglamento de la LESyR

Estado demostrativo de los contratos de reaseguros aceptados.

Antes del treinta y uno (31) de marzo de cada año.

Art. 104 LESyR

Art. 101 Reglamento de la LESyR.

Documento autenticado de constitución de caución o recibo expedido por el B.C.V.

Cinco (5) días siguientes a la constitución.

Art. 58 Parág. Cuarto de LESyR y Art. 62 del Reglamento de la LESyR. 

Libro de actas generales.

Debe ser enviado para ser sellado y foliado antes de su utilización.

Art. 18 del Reglamento de la LESyR.

Registro de accionistas.

Dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha del correspondiente asiento.

Art. 73 del Reglamento de la LESyR.

Participación del establecimiento de sucursales y agencias en el extranjero.

Autorización previa.

Art.3° del Reglamento de la LESyR

Oficinas, sucursales y agencias en Venezuela.

Notificar treinta (30) días antes a la fecha de la apertura

Art. 3 Reglamento de la LESyR

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